Subvenciones a las Asociaciones de Olocau

Autor: Ayuntamiento de Olocau
Fecha: 30/03/2014

El Ayuntamiento de la Vila d'Olocau, el Equipo de Gobierno y su Alcalde, D. Antonio Ropero al frente, siguen trabajando por el pueblo y cumpliendo con el compromiso adquirido en su programa electoral. En su labor, consideran fundamental el papel de las asociaciones ciudadanas y, en ese aspecto, los presupuestos municipales recogen una línea presupuestaria con el objeto de colaborar en su consolidación.

Es por eso que el pasado viernes 28 de marzo, la Junta de gobierno del Ayuntamiento de la Villa de Olocau, a propuesta de la Concejalía de Participación Ciudadana y por recomendación de la Comisión de Valoración para las subvenciones, en sesión ordinaria, resolvió la adjudicación de subvenciones a las Asociaciones del municipio que las habían pedido. La resolución ya es colgada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y también la tenéis aquí mismo.

DON VICENTE A. VIDAL FORNAS, Secretario del Ayuntamiento de la Villa de OLOCAU, CERTIFICO:

Que la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 21 de marzo de 2014 adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO:

"Dada cuenta del Informe - Propuesta efectuado por la Concejalía de Participación Ciudadana y Medio Ambiente de fecha 22-01-2014, tras la celebración de la reunión efectuada por la Comisión de Valoración para la concesión de subvenciones a las Asociaciones del Municipio, a la vista de la valoración preliminar efectuada por los Técnicos Municipales y por la propia Concejalía de Participación Ciudadana y Medio Ambiente.

La Junta de Gobierno, por unanimidad de los asistentes a la Sesión, ACUERDA:

PRIMERO.- Otorgar las siguientes puntuaciones según los criterios de valoración expresados en las Bases para solicitar subvenciones y de acuerdo con el informe presentado por los Servicios Técnicos Municipales:

a. ASOCIACIÓN RECREATIVO CULTURAL DE OLOCAU:

Proyecto: "Desarrollo de actividades deportivas", 24 puntos.

b. LA MELODÍA, AGRUPACIÓN MUSICAL DE OLOCAU:

Desestimar las peticiones de subvenciones por no cumplir las condiciones establecidas en las bases.

c. ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y VECINOS DE PEDRALVILLA LA NOVA:

Proyecto "Despedida Vacaciones estivales", 21.5 puntos.

Proyecto "Pascua", 19 puntos.

Proyecto "Carnaval Popular", 18 puntos.

d. ASOCIACIÓN PLA DE MARCO-LES FORQUETES:

Proyecto "Pascua", 20.5 puntos.

SEGUNDO.- Valorar los puntos obtenidos según el método descrito en las bases en los artículos 18.4 y 18.5.

Puntos totales otorgados: 103.

Valor económico de cada punto otorgado, 4.000:103=38,834 euros.

TERCERO.- Conceder, según los puntos conseguidos y la valoración por punto establecida en el apartado anterior, les subvenciones siguientes:

a. ASOCIACIÓN RECREATIVO CULTURAL DE OLOCAU:

Proyecto: "Desarrollo de actividades deportivas", 24 x 38,834=935,016 euros.

Subvención solicitada: 1.987 euros.

Subvención concedida: 935 euros.

b. ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y VECINOS DE PEDRALVILLA LA NOVA:

* Proyecto "Despedida Vacaciones estivales", 21,5 x 38,834=834,931 euros.

Subvención solicitada: 1.382 euros.

Subvención concedida: 834 euros.

* Proyecto "Pascua", 19 x 38,834=737,846 euros.

Subvención solicitada: 221 euros.

Subvención concedida: 80% de 221 euros (según el articulo 7.1)= 177 euros.

* Proyecto "Carnaval Popular", 18 x 38,834=699,0126 euros.

Subvención solicitada: 363 euros.

Subvención concedida: 80% de 3636 (según el articulo 7.1)=290 euros.

c. ASOCIACIÓN PLA DE MARCO-LES FORQUETES:

Proyecto "Pascua", 20,5 x 38,834=796,097 euros.

Subvención solicitada: 1.500 euros.

Subvención concedida: 796 euros.

d. Para calcular los importes de las subvenciones solicitadas, se han restado los correspondientes a los alimentos, por ser una materia no subvencionable (art. 11.7).

CUARTO.- Ordenar el pago del 60% de las subvenciones concedidas, correspondiente a la primera parte del total según el artículo 10.1 a la mayor brevedad posible, teniendo en cuenta que si alguna de las actividades propuestas por las Asociaciones se hubiera realizado a la hora de firmar este Acuerdo, se debería ingresar el total de la subvención solicitada ya que, tal y como especifica el articulo 10.2 de las bases, la actividad habría sido realizada con carácter previo a la concesión de la subvención.

QUINTO.- Otorgar a las Asociaciones Municipales que lo consideren la posibilidad de presentación del Recurso de Reposición contra el Acuerdo adoptado por esta Junta de Gobierno durante el plazo de diez hábiles contados a partir de la exposición de este acuerdo en el tablón de edictos y en la web municipal."

Y para que conste en el Expediente de su Razón, expido la presente de orden y con el Visto Bueno del Sr. Alcalde-Presidente, en la Villa de OLOCAU, a veintisite de marzo de dos mil catorce.

Fuente: Ayuntamiento de Olocau.

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