Por incumplimiento de las cláusulas no se otorga la concesión de las obras del nuevo consultorio médico de Olocau

Autor: Ayuntamiento de Olocau
Fecha: 12/12/2011

Por incumplimiento de las cláusulas del Pliego de Condiciones que regulaba la adjudicación de las obras del nuevo consultorio de Olocau, no se le otorga a la empresa Gil Garrido la concesión de las obras de dicho consultorio. A continuación tenéis el decreto de alcaldía que lo ratifica:

DECRETO:

Atendido que por Resolución de esta Alcaldía de fecha 21-11-11, y una vez valoradas por la mesa de contratación las ofertas presentadas y los informes técnicos obrantes en el expediente, fueron adjudicadas provisionalmente las obras del "CONSULTORIO MÉDICO EN OLOCAU" a la empresa GIL GARRIDO OBRAS Y PROYECTOS S.L., por la cantidad de 306.881,50 euros, IVA incluido, las cuales vienen subvencionadas, en parte, por la Dirección General de Recursos Económicos de la Agencia Valenciana de Salud, Consellería de Sanidad, al amparo de la Orden 6/2010, de 6 de mayo de la indicada Consellería.

Atendido que, la indicada empresa presentó incompleta la documentación exigida por el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares que rige esta contratación, no aportando en concreto la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que comprometía a dedicar o adscribir para la ejecución de las obras señaladas.

Atendido que el adjudicatario provisional pretendía que, simultáneamente con la adjudicación definitiva, se aprobase una certificación por acopio de materiales de las contempladas en el art. 215.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, para las que es preceptiva la exigencia de prestación de garantía, la cual no pudo ser tramitada.

Considerando que por todo ello no procede formalizar el oportuno contrato administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Clausula 17a del indicado Pliego.

Por la presente HE RESUELTO:

PRIMERO.- No proceder a la adjudicación definitiva de las obras "CONSULTORIO MÉDICO EN OLOCAU" a la empresa GIL GARRIDO OBRAS Y PROYECTOS S.L.

SEGUNDO.- Dejar sin efecto el Decreto de esta Alcaldía n° 282/11 de fecha 23-11-11, por el que se compensaban las fianzas a depositar por la indicada empresa, con parte de la deuda que el Ayuntamiento tiene contraída con la misma, por un total importe de 20.805,52 euros.

TERCERO.- Dar cuenta de lo resuelto a la indicada empresa y a la Dirección General de Recursos Económicos de la Agencia Valenciana de Salud, Consellería de Sanidad, así como al Ayuntamiento Pleno, a los efectos de su ratificación, si procede.

Fuente: Ayuntamiento de Olocau.

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