Seguimos sin recibir las certificaciones que nuestro Grupo ha solicitado al respecto el tipo de mayoría por la que legalmente queda autorizado el Alcalde en Pleno para concertar la operación de endeudamiento para el pago a los proveedores del Ayuntamiento de Olocau

Autor: PP de Olocau
Fecha: 29/05/2012

Dª Mª ASCENSIÓN ARNAL NAVARRO
Portavoz del Grupo Municipal del PP del M.I. Ayuntamiento de Olocau

EXPONE:

No habiendo recibido las certificaciones solicitadas en los puntos 1º, 2º, 3º, 4º y 6º del Registro de Entrada de 17 de Mayo Nº 840, y a la vista de la certificación expedida relativa al punto segundo de la sesión plenaria del pasado día 9 de Mayo de 2012, en la que consta:

"Vista la normativa siguiente"... Y entre todas ellas figura La Ley 7/1985, de 2 de Abril.

Siendo que concluye al final de la exposición de la normativa enunciada en dicho acuerdo:

"Habiéndose dado cumplimiento a los plazos y trámites establecidos en la normativa anterior".

El Ayuntamiento Pleno, previa lectura del dictamen favorable de la comisión Especial de cuentas e Informativa de Hacienda y Urbanismo, y con el voto favorable de los cuatro miembros del Grupo Socialista asistentes y las abstenciones de los miembros del Grupo Popular y el único miembro de ADIO, ACUERDA:

...

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Antonio Ropero Morales para la firma de toda la documentación necesaria para la formalización de la operación de endeudamiento.

Siendo que el artículo 47 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril establece en su punto 2, lo siguiente:

"Se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de las corporaciones para la adopción de acuerdos en las siguientes materias", entre otras:

Aprobaciones de operaciones financieras o de crédito y concesiones de quitas o esperas, cuando su importe supere el 10% de los recursos ordinarios de su presupuesto, así como las operaciones de crédito previstas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

SOLICITO:

1º.- Las certificaciones solicitadas en los puntos 1º, 2º, 3º, 4º y 6º del Registro de Entrada de 17 de Mayo Nº 840.

2º.- Certificación del Secretario del Ayuntamiento de Olocau relativo al cumplimiento del artículo 47 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril en el punto segundo de la sesión plenaria de fecha 9 de mayo de 2012.

Fuente: PP de Olocau.

Comentar ahora